20 años de prisión y multa por incumplir cuarentena o propagar el COVID-19

20 años de prisión y multa por incumplir cuarentena o propagar el COVID-19

Las personas diagnosticadas con Covid-19, que ignorando las medidas de restricción impuestas por el gobierno abandonen el aislamiento social y contagian a otras, se exponen a penas de hasta 20 años de prisión, si ese contagio produce lesiones graves o la muerte de terceros.

La ley penal también sanciona a los que violan el toque de queda y el aislamiento social obligatorio dispuesto por el gobierno, ante la emergencia generada por la pandemia. Es decir, no todo termina con la detención, el traslado a una comisaría y el registro de los infractores en el Ministerio Público. En estos casos de violación de la cuarentena, la pena puede llegar a los dos años y a la multa económica.

Así lo ha recordado el ministro de Justicia, Fernando Castañeda. Esta no es una norma penal nueva, por lo que los fiscales y jueces, de presentarse un caso, la pueden invocar desde que comenzara la propagación de la enfermedad en el Perú.

En el Código Penal
Estas sanciones penales están previstas desde 1991 en el capítulo III, Delitos contra la Salud Pública, Sección I, Contaminación y Propagación del Código Penal peruano, desde 1991 hasta la actualidad..

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